Jubilación y fallecimiento

Reconocimiento de la situación de dependencia (Cataluña)

Qué es

Verificado

En Cataluña, para acceder a las prestaciones económicas y servicios sociales de la Ley de dependencia hay que tener reconocida la situación de dependencia en alguno de sus grados. Es para personas residentes en Cataluña que, por edad, enfermedad o discapacidad, han perdido su autonomía y necesitan la ayuda de otra persona para las actividades de la vida diaria. Requisitos: haber vivido en España al menos cinco años (no necesariamente seguidos), los dos últimos seguidos justo antes de la solicitud, y estar empadronado en Cataluña al presentarla. La valoración inicial se puede pedir en cualquier momento, por internet, en persona o por videoatención, y es gratuita. No hace falta pedir informes al CAP, pero sí adjuntar los de la sanidad privada de los dos últimos años que no consten en el historial. Las personas extranjeras no comunitarias aportan, entre otros, la TIE, el certificado de residente de la Policía y el certificado histórico de empadronamiento (no hace falta si han residido cinco años en Cataluña desde 2006). La cuenta bancaria para la prestación debe estar a nombre de la persona beneficiaria y ser de una entidad situada en España.

Texto oficial
Estar empadronat a Catalunya en el moment de presentar la sol·licitud.

Fuentes oficiales

Ámbito
Cataluña
En otras ciudades
Madrid

Información oficial

Fuentes oficiales