Trabajo y empresa

Prestación por desempleo

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La prestación contributiva (paro) protege a quien pierde su empleo de forma temporal o definitiva o ve reducida temporalmente su jornada entre un 10 % y un 70 %. Hay que haber cotizado a desempleo al menos 360 días en los 6 años anteriores, estar en situación legal de desempleo, estar inscrito como demandante de empleo y no haber cumplido la edad ordinaria de jubilación; las personas extranjeras deben residir legalmente en España. Se cobra el 70 % de la base reguladora los primeros 180 días y el 60 % después, con topes mínimo y máximo. La solicitud se presenta en los quince días hábiles siguientes al último día trabajado, en la sede electrónica del SEPE, en la oficina de prestaciones con cita previa, en un registro público o por correo administrativo. Si no tienes derecho a la prestación contributiva o la has agotado, el SEPE informa de los subsidios de desempleo.

Texto oficial
La solicitud deberás presentarla en el plazo de los quince días hábiles siguientes al último día trabajado, al retorno del extranjero o a la excarcelación.

Fuentes oficiales

Ámbito
Toda España

Información oficial

Fuentes oficiales

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