Residence and nationality

Residence card for family members of EU citizens / of Spanish nationals

Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión / Residencia de familiar de persona española

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What it is

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Los familiares no comunitarios (cónyuge, pareja registrada o estable, hijos y otros parientes en los casos que se indican) de un ciudadano de otro país de la UE, del EEE o de Suiza que vayan a vivir con él en España más de tres meses deben pedir la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión con el modelo EX-19, personalmente, en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría, en los tres meses siguientes a la entrada; la tarjeta vale cinco años. Según el Ministerio, el familiar de una persona española solo puede usar esta vía si ha ejercido el derecho a la libre circulación; si no, debe pedir con el modelo EX-24 la autorización de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española. Esta segunda vía es gratuita, se presenta en la Oficina de Extranjería, en la Oficina Consular o por Mercurio, se resuelve en dos meses (silencio negativo), dura cinco años y permite trabajar desde la presentación en los casos de cónyuge, pareja e hijos. En los dos casos, después hay que pedir la tarjeta (TIE) en la Comisaría.ES

Official wording
La persona extranjera que tenga con una persona de nacionalidad española una relación familiar podrá acudir por la vía de familiar de comunitario siempre y cuando haya ejercido el derecho a la libre circulación.

Official sources

Where it applies
All of Spain

Official information

Official sources

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