Trabajo y empresa

Crear una sociedad limitada (S.L.)

Qué es

Verificado

En la sociedad limitada los socios no responden personalmente de las deudas sociales: su responsabilidad se limita a lo aportado al capital, con un mínimo de 1 €. Si el capital es inferior a 3.000 €, hay que destinar a reserva legal al menos el 20 % del beneficio hasta llegar a 3.000 € entre reserva y capital, y si en una liquidación el patrimonio no alcanza para pagar las deudas, los socios responden solidariamente de la diferencia entre 3.000 € y el capital suscrito. La sociedad se puede crear por Internet con el sistema CIRCE, rellenando el Documento Único Electrónico (DUE) uno mismo (hace falta certificado electrónico) o con ayuda en un Punto de Atención al Emprendedor (PAE). Antes hay que pedir al Registro Mercantil Central la certificación negativa de denominación (válida tres meses, renovable otros tres). Al enviar el DUE se obtiene cita con la notaría, a la que se lleva el certificado bancario del desembolso del capital y la certificación negativa. Después el sistema pide el NIF provisional, hace el alta censal, tramita el justificante del ITP/AJD (la constitución está exenta), la inscripción en el Registro Mercantil Provincial y el alta en la Seguridad Social, y al final Hacienda envía el NIF definitivo.

Texto oficial
La creación de empresas por Internet (CIRCE) es un sistema que ofrece la posibilidad de realizar los trámites de constitución y puesta en marcha de la Sociedad de Responsabilidad Limitada por medios telemáticos.

Fuentes oficiales

Ámbito
Toda España

Información oficial

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