Prestación por nacimiento y cuidado de menor
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Qué es
Desde el 01/04/2019 las antiguas prestaciones por maternidad y paternidad son una única prestación de nacimiento y cuidado de menor. Cubre los periodos de descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar, para personas trabajadoras por cuenta ajena o propia. Hay que estar afiliado y en alta (o situación asimilada) y tener un periodo mínimo de cotización según la edad: sin mínimo antes de los 21 años; de 21 a 25 años, 90 días en los últimos 7 años o 180 en toda la vida laboral; desde los 26, 180 días en los últimos 7 años o 360 en toda la vida laboral. El subsidio es el 100 % de la base reguladora; lo gestiona el INSS (el ISM para trabajadores del mar) y las notificaciones se envían solo por medios electrónicos. Quien no llega a la cotización mínima puede tener derecho a un subsidio no contributivo.
Texto oficial
Serán beneficiarias las personas trabajadoras por cuenta ajena o propia, cualquiera que sea su sexo, siempre que, se encuentren en situación de alta o asimilada al alta, disfruten de los periodos de suspensión del contrato de trabajo/permiso por nacimiento y cuidado de menor y acrediten los períodos mínimos de cotización exigibles en cada caso.Fuentes oficiales
- Ámbito
- Toda España
Información oficial
Fuentes oficiales
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