Prórroga de la autorización de estancia por estudios
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Qué es
Quien tiene una autorización de estancia de larga duración por estudios superiores o de educación secundaria postobligatoria puede pedir una prórroga si acredita que continúa los estudios. Se solicita en los dos meses previos o en los tres meses posteriores a la caducidad, por medios electrónicos, dirigida a la Oficina de Extranjería de la provincia donde se obtuvo la autorización inicial. Hay que aportar pasaporte con vigencia mínima de un año, medios económicos para el periodo y el retorno, seguro de enfermedad, admisión en el centro con la matrícula pagada y el justificante de la tasa. Si en un mes no hay respuesta, se entiende denegada. La prórroga dura lo mismo que el curso, con un máximo de un año, y se permiten hasta dos prórrogas; después hay que pedir la TIE en la Comisaría en el plazo de un mes.
Texto oficial
La vigencia de la prórroga coincidirá con la duración del curso para el que esté matriculado, con el límite de un año.Fuentes oficiales
- Ámbito
- Toda España
Información oficial
Fuentes oficiales
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