Trabajo y empresa

VERI*FACTU: nuevos requisitos de los programas de facturación

Qué es

Verificado

«VERI*FACTU» es el nombre coloquial del Reglamento (Real Decreto 1007/2023) que fija los requisitos de los sistemas y programas informáticos de facturación (SIF). Obliga a que, al expedir cada factura, el programa genere y guarde (modalidad no VERI*FACTU) o envíe a la Agencia Tributaria (modalidad VERI*FACTU) un registro de facturación con medidas de seguridad, como la huella digital de los datos y la referencia al registro anterior, y a que la factura lleve un código QR. Afecta a los empresarios individuales y sociedades que tributan por IRPF (actividades económicas), Impuesto sobre Sociedades o IRNR con establecimiento permanente, con domicilio en territorio común (no País Vasco ni Navarra), tanto en facturas completas como simplificadas (tiques); quedan fuera quienes llevan los libros de IVA por el Suministro Inmediato de Información (SII). Plazos: las sociedades que presentan el Impuesto sobre Sociedades deben tener adaptados sus programas antes del 1 de enero de 2027, y el resto antes del 1 de julio de 2027.

Texto oficial
las entidades que presenten el Impuesto sobre Sociedades deberán tener adaptados sus SIF antes del 1 de enero de 2027. El resto de obligados tributarios, antes del 1 de julio de 2027.

Fuentes oficiales

Ámbito
Toda España

Información oficial

Fuentes oficiales

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