Jubilación y fallecimiento

Auxilio por defunción

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Qué es

Pendiente de verificar

El auxilio por defunción es una ayuda de 46,50 euros para quien haya pagado los gastos del sepelio. Salvo prueba en contrario, se presume que los pagó, por este orden, el cónyuge, la pareja de hecho, los hijos o los parientes que convivían con el fallecido. La persona fallecida debía estar en alta o situación asimilada, o ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente contributiva; no se causa si estaba en situación de no alta. Con la solicitud se presenta el documento de identidad (extranjeros: pasaporte o documento de su país y NIE), el certificado del acta de defunción y, según el caso, el Libro de Familia o actas del Registro Civil, el certificado de convivencia del Ayuntamiento o el justificante de haber pagado el sepelio.

Texto oficial
Salvo prueba en contrario, se presume que dichos gastos los ha soportado, por este orden, el cónyuge sobreviviente, el sobreviviente de una pareja de hecho, los hijos y los parientes del fallecido que conviviesen habitualmente con él.

Fuentes oficiales

Ámbito
Toda España

Información oficial

Fuentes oficiales

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